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Ley N° 16607, Ley de Creación de Colegios Profesionales. “Los Colegios de Notarios que se constituyan conforme a esta ley, serán personas jurídicas de Derecho Público Interno”. Art. 1.
Estatuto Único de los Colegios de Notarios del Perú, Decreto Supremo N° 009-
Ley del Notariado – Decreto Legislativo 1049. “Los colegios de notarios son personas jurídicas de derecho público, cuyo funcionamiento se rige por Estatuto Único”. Art. 129.
Registro de Personas Juridicas, Inscripción del Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios. Asiento 15 de la partida Nº 11018732 del registro de Personas Jurídicas correspondientes a la Partida Registral de la sociedad denominada "COLEGIO DE NOTARIOS DE CUSCO Y MADRE DE DIOS", se encuentra registrado y vigente el poder otorgado mediante acta de Sesión de fecha 10 de enero del 2015.